27 May Pactar el aplazamiento o la condonación del alquiler de nuestro local
Es posible llegar a un acuerdo con el propietario de nuestro local para ayudarnos a superar el cierre temporal del negocio. Eso sí: todo por escrito.
Ya hablamos hace unos días del Real Decreto-ley (RDL) 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas para proteger del desahucio a familias vulnerables que por causa del Covid-19 no puedan pagar el alquiler de su vivienda habitual. Lamentablemente, tales medidas no afectan, por ejemplo, a los locales de negocios de las empresas y autónomos.
Pero ello no impide que, por mutuo interés de arrendadores y arrendatarios, se pueda llegar a pactar una suspensión o una reducción de la renta de estos locales durante el estado de alarma. En tal caso, conviene que el arrendatario le solicite al arrendador por escrito la posibilidad de condonar o reducir (por ejemplo, en un porcentaje dado) la renta a pagar durante el tiempo que se determine y que este conteste, también por escrito y firmado, manifestando su acuerdo o su desacuerdo y, en su caso, una oferta alternativa.
Insistimos: de llegarse a un acuerdo, éste debe plasmarse por escrito (se pueden descargar los modelos aquí), dado que supondría una modificación temporal del contrato que tiene varios posibles efectos derivados, y fundamentalmente dos:
(1) sirve de justificante a la hora de ir al banco a negociar cualquiera de las líneas de crédito y avales que el gobierno ha destinado para ayudar a empresas y autónomos;
(2) sirve igualmente de justificante ante Hacienda, ya que tanto el IVA devengado por el alquiler como la retención de IRPF habrán disminuido.
Si necesitas más información o asistencia:
delera@delera.eu / 679 19 18 74 (Miguel Martínez) / 618 52 92 66 (Pilar Villellas)
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