Convocadas ayudas a la innovación frente a la despoblación

Convocadas ayudas a la innovación frente a la despoblación

Ya se han publicado en el Boletín Oficial del Estado las convocatorias para proyectos de entidades locales, empresas y entidades sin ánimo de lucro (estas últimas solo si son de ámbito supraprovincial, autonómico o estatal) para hacer frente a la despoblación.

  1. El plazo para solicitarlas es de 30 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de las convocatorias (4 de mayo de 2022) y se resolverán por concurrencia competitiva. Solo para un único proyecto por solicitante.
  2. Las ayudas son compatibles con otras que se puedan recibir. Para las empresas se aplica el régimen de minimis, lo que hace que el importe a percibir no supere el techo de 200.000 € de ayuda pública total que se haya podido recibir en los últimos tres años.
  3. La subvención será de hasta un máximo del 90 % del gasto subvencionable en el caso de administraciones locales y entidades sin ánimo de lucro y del 70 % en el caso de empresas. No obstante, será la resolución de concesión la que fijará el porcentaje y cuantía de la ayuda final a percibir.
  4. Serán financiables los gastos contraídos desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2024. El importe de las subvenciones concedidas a las entidades locales no podrá ser inferior a 25.000,00 € ni superar el importe de 500.000,00 €. Para empresas y entidades sin ánimo de lucro, estos límites son de 15.000 € y 200.000 €.
  5. Gastos subvencionables: personal, viajes y manutención, actividades y auditoría de revisión de la cuenta justificativa (solo hasta un 10 %).
  6. Se pueden solicitar anticipos de hasta el 100% de la subvención, pero empresas y entidades sin ánimo de lucro habrán que depositar en la Caja General de Depósitos una garantía que cubra el 100% del dinero anticipado más un 20% por intereses de demora.
  7. La justificación deberá presentarse en un plazo de tres meses desde la finalización del proyecto.

 

Si necesitas más información o asistencia:

delera@delera.eu / 679 10 18 74 (Miguel Martínez Tomey)

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